El pasado 5 de mayo la Organización Mundial de la Salud anunció el fin de la pandemia, por lo que el Título 42 dejaba de tener una razón de ser, este había funcionado como una política tanto de salud como migratoria que permitía al gobierno de EE.UU. expulsar rápidamente a la mayoría de los migrantes con motivo de la pandemia, incluidos los solicitantes de asilo, sin permitirles ingresar al país. Hoy 11 de mayo, esta política llega a su fin.
Esto no significa que los migrantes tendrán paso libre por la frontera sur de nuestro país vecino, pues mediante el Título 8, se establecen las regulaciones básicas para la inmigración y la naturalización en los Estados Unidos. Este título de la Ley de Inmigración y Nacionalidad establece los requisitos para la admisión de extranjeros, incluidos los migrantes económicos, los refugiados y los solicitantes de asilo, entre otros, el cual se está manejando mediante la aplicación CBP One.
Mientras que el Título 42, fue implementado por el expresidente Donald Trump en marzo de 2020 como respuesta a la pandemia del COVID-19. Este impedía a los migrantes pasar por un proceso legal migratorio de deportación. El Título 8, que tiene décadas de antigüedad, establece que los migrantes deben de solicitar asilo antes buscar ingresar al país.
El fin del Título 42, podría significar un cambio en la forma en que EE.UU. aborda la migración en general. Esto generará un aumento en la cantidad de personas que intentan ingresar a los Estados Unidos, aumentando la presión sobre los puntos de entrada a dicho país y creando desafíos logísticos para las autoridades migratorias. Asimismo, podría tener implicaciones políticas y sociales en los Estados Unidos, especialmente en cuanto a la política de fronteras. Podría ser visto como un cambio en la política migratoria del gobierno de los Estados Unidos y podría tener un impacto en la opinión pública y las elecciones.
¿Cómo se ha preparado el gobierno estadounidense? En abril pasado, el gobierno de Biden anunció una batería de medidas para reducir el flujo de inmigrantes después del anuncio del término del Título 42. Entre ellas, la creación de centros de migrantes en Colombia y Guatemala para gestionar las solicitudes de las personas que desean migrar.
Las políticas migratorias de los títulos 8 y 42 tienen implicaciones significativas para los migrantes que intentan ingresar a Estados Unidos desde México, así como para las relaciones entre los dos países. Aunque el Título 8 y el Título 42 son leyes diferentes, su relación radica en que ambos establecen regulaciones para la admisión de extranjeros a los Estados Unidos. El fin del Título 42 podría significar un aumento en el número de migrantes que intentan cruzar la frontera, una frontera que aún no está lista para esta situación.