Luego de dos años de que la virtual despenalización de la portación de armas de fuego haya provocado el alza en los índices delictivos, los diputados federales ya consideraron oportuno presentar la iniciativa de reforma para que sea considerado como delito grave, de nueva cuenta.

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Actualmente los delincuentes que usan armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, tras pagar una fianza salen nuevamente a las calles a poner en riesgo la vida, la seguridad y el patrimonio de los ciudadanos.

“Queremos resolver de una forma óptima y no simplemente en respuesta a una coyuntura; me refiero al tema de la responsabilidad y legalidad de la portación de armas de fuego”, comentó el Diputado Federal por Baja California José Máximo García López presentó la iniciativa de Reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

En el  Código Nacional de Procedimientos Penales, se deberá cambiar el artículo 167 que permitió conceder al ahora imputado su proceso en libertad o bajo cualquier otra medida cautelar distinta a la de la prisión, lo que ha ocasionado que se sigan cometiendo conductas ilícitas que causan un fuerte impacto a la población.

También se deberán reformar los artículos 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y el 160 y 162 del Código Penal Federal, para establecer penas de 5 a 10 años de prisión y el decomiso del arma o las armas si es que el infractor no cuenta con la licencia correspondiente de su portación.

 “Con estas sanciones logremos reducir el número de armas ilegales que tantas víctimas han cobrado y que tanto dañan a nuestro país”, presumió el Diputado Federal.

El artículo 10º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concede el derecho de libertad a sus habitantes de poseer y portar armas de fuego para su seguridad y legítima defensa. Este precepto reconoce una potestad del Estado de otorgar a cada individuo la garantía elevada en calidad de derecho humano de poder asegurarse de manera propia la protección de su seguridad y patrimonio.

Los artículos 160 y 162 del Código Penal Federal, sobre los supuestos punibles y sanciones de portación de uso de las armas prohibidas que apuntan de forma general a todas las de fuego, así como instrumentos empleados con pólvora o substancias mezclas con supuestos químicos con propiedades explosivas.

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