En Baja California se condona y exime el 70% del pago del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a las personas físicas propietarias de vehículos denominados Pick Up’s, que no estén afectos a una actividad empresarial, como lo es la comercial, industrial y/o de servicios, siempre y cuando cubran a más tardar el 31 de marzo de 2019, el total del importe no eximido y las demás contribuciones que en su caso se adeuden en relación al vehículo sobre el cual se aplicará el presente beneficio fiscal.

En el artículo segundo, que se condona y exime el 70% del pago de dicho Impuesto a las personas físicas propietarias de Pick Up’s, que soliciten la alta en el registro estatal vehicular, al considerarse como nuevos en los términos de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, y que el mismo no esté afecto a una actividad empresarial, como lo es la comercial, industrial y/o de servicios.

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 El Secretario de Planeación y Finanzas, Bladimiro Hernández Díaz, señaló que otro de los beneficios del Decreto es que se condona y exime el pago del Impuesto Adicional para la Educación Media Superior, en los mismos términos que se establecen anteriormente.

El beneficio previsto en el presente Decreto será aplicable siempre y cuando no se interponga algún medio de defensa en contra del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos. En caso de haber interpuesto algún medio de defensa en contra de dicho impuesto, el contribuyente deberá acreditar el desistimiento presentado ante la autoridad correspondiente.

Las contribuciones pagadas con anterioridad a la vigencia del presente Decreto, no serán objeto de devolución, ni compensación.

Con la entrada en vigor de la reforma a la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, realizaban el cálculo del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos mediante la aplicación de una tasa del 0.245% al valor del vehículo, y que a diferencia del impuesto federal, en el entero del impuesto estatal, deberán calcularlo mediante la aplicación de una tasa gradual que va desde el 3% al 19.1% según el valor del vehículo.

El estímulo permitirá a su vez, que el Estado cuente con un padrón vehicular actualizado al incentivar el pago de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes que se vieron afectados con la reforma a la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, proporcionando así seguridad y certeza de que los vehículos que circulan dentro del Estado, se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales.

El presente Decreto que tendrá vigencia hasta el 31 de octubre de 2019, fue firmado por el Gobernador del Estado, Francisco Vega de Lamadrid; por el Secretario de Planeación y Finanzas, Bladimiro Hernández Díaz; y por el Secretario General de Gobierno, Francisco Rueda Gómez.

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