Debido a que el 30 de mayo venció el plazo para que las empresas cumplan con el reparto de utilidades, de acuerdo a los resultados fiscales que obtuvieron el año pasado, el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado (STPS), Alejandro Arregui Ibarra, informó que se reactivarán las inspecciones para corroborar el cumplimiento de tal prestación.

El funcionario explicó que en nuestro país, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es el derecho a obtener parte de los rendimientos que registra la empresa durante el año previo, y corresponde al 10 por ciento de las ganancias gravables que la compañía estableció en su declaración anual.

Arregui Ibarra explicó que, con base la Ley del Trabajo, esta prestación se debe pagar dentro de los 60 días siguientes a la fecha de que la empresa presentó su declaración anual; en el caso de las personas morales, se debe entregar durante mayo, mientras que las personas físicas tienen hasta el 29 de junio.

El funcionario precisó que a partir de este 2022 las utilidades tienen un tope de 90 días de salario, y en la mayoría de los casos las compañías están obligadas a pagar la PTU; entre las excepciones se encuentran las de nueva creación durante el primer año de operación, las instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, así como aquellas que hayan declarado para el Impuesto sobre la Renta (ISR) una cantidad menor a los 300 mil pesos.

Además, indicó que no todos los empleados tienen derecho a recibir dicha prestación, entre ellos los socios y accionistas de la empresa; directores, administradores o gerentes generales; quienes prestan sus servicios por honorarios; trabajadores temporales o que hayan trabajado menos de 60 días para la compañía.

No obstante, agregó, si se trata del ex trabajador de una empresa, puede ser acreedor al reparto de utilidades correspondiente al año que laboró con esa compañía; por ejemplo, si en este 2022 ya no colabora para la empresa, debe deberías recibir el PTU correspondiente al 2021.

En caso de que alguna empresa no comparta las ganancias con sus colaboradores, pueden ser objeto de multas, las cuales van desde los 24 mil hasta 481 mil pesos, dependiendo de la gravedad de la falta y la capacidad económica del infractor.

Por último, el secretario del Trabajo, destacó que como resultado de la reforma en materia de subcontratación, habrá más personas que reciban este beneficio, ya que antes estaban en un esquema de outsourcing, razón por la cual exhortó a los trabajadores a que se acerquen a las oficinas de la STPS para asesoría o denunciar irregularidades.

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